Las modificaciones propuestas reglamentan el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La obra pública es definida como el trabajo de construcción que es promovido por la administración pública. Su objetivo central es proporcionar un bien a la comunidad, a través de obras de transporte, trabajos hidráulicos, tareas urbanas (calles, parques, alumbrado), así como la cimentación de edificios públicos, como escuelas, hospitales, oficinas, etc.
Según información de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, el sector genera, aproximadamente, 5.6 millones de empleos, lo que representa 13.2% del empleo total. Se estima por mitad entre directos e indirectos. Su efecto multiplicador, según la misma fuente, es que, de cada 100 pesos que se destinan a la construcción, 43 pesos se emplean para la compra de servicios y materiales que se ofrecen en 63 ramas económicas que integran la cadena productiva de la construcción.
Además de esto, contribuye a fortalecer a la industria nacional en sus procesos de producción, distribución y comercialización, haciéndola más productiva y competitiva, al crear carreteras, puertos, aeropuertos y telecomunicaciones para el transporte de mercancías, personas e información; al cimentar las instalaciones que suministren energía eléctrica, petróleo y gas, para proveer los energéticos requeridos; al erigir instalaciones turísticas que permitan el acceso de recursos económicos adicionales al país, una de las principales fuentes de ingresos para México; y al construir escuelas, hospitales y clínicas, para capacitar al personal y cuidar la salud de los habitantes.
Esta información nos muestra la importancia que reviste la obra pública para la economía nacional.
En el mes de noviembre del 2014, el presidente Enrique Peña Nieto, envió al Congreso de la Unión una iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, la cual está por cumplir su proceso legislativo, con la aprobación de dicha minuta en la Cámara de Senadores, esperamos en muy corto plazo.
Las modificaciones propuestas reglamentan el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Los cambios que se hacen a la Ley son los siguientes:
Nuevos mecanismos para la evaluación y gestión de proyectos. Por ejemplo, incorpora la figura de análisis comparativo del costo de ciclo de vida. Con ella, las dependencias podrán elegir el mejor proyecto considerando no sólo su costo inicial, sino también el de mantenimiento durante la vida útil de la obra.
Nuevas medidas para incrementar la eficiencia, eficacia y transparencia en la contratación y ejecución de obras públicas, con el fin de obtener las mejores condiciones en la contratación de obras. La iniciativa promueve el uso del sistema en línea CompraNet, como la principal guía para llevar a cabo los procedimientos de contratación. Este mecanismo permitirá que participen más licitantes en los procedimientos de contratación.
Medidas adicionales para brindar mayor certeza jurídica a los participantes. Por ejemplo, en materia de investigaciones de mercado se plantea que la Secretaría de la Función Pública emita los lineamientos correspondientes, toda vez que la ley vigente no define la metodología a seguir.
Continuamos describiendo la importancia que tendrá el análisis y, en su caso, aprobación, de la minuta por la que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.
Las innovaciones plasmadas en dicha minuta buscan mejorar el marco jurídico actual con objetivos claros como lo son:
§ Establecer reglas claras, sencillas y eficaces, las cuales permitirán acelerar el desarrollo de los grandes proyectos que requiere el país para elevar su productividad y ser más competitivo.
§ Facilitar la contratación y ejecución de las obras públicas, agilizando los procedimientos y garantizando que los recursos se administren como lo mandata la propia ley, con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.
§ Permitir que los megaproyectos (como el caso del nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México) cuenten con un instrumento de gestión especializada acorde con su complejidad y elevada inversión.
§ Fomentar la formalidad, ya que las dependencias que hayan licitado obra pública deberán notificar al Seguro Social cualquier irregularidad en materia de seguridad social.
§ Además de apoyar a la industria nacional, previendo que, en caso de igualdad de condiciones, las dependencias y organismos públicos deberán optar por personas físicas y empresas mexicanas en la adjudicación de las obras.
§ Impulsar transparencia y rendición de cuentas, al agilizar los tiempos entre licitación, adjudicación y el inicio de la obra; y al impulsar la productividad, el cumplimiento y la calidad de los proyectos.
La aprobación de estas modificaciones ayudará a cumplir los objetivos planteados en el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, el cual prevé que nuestro país cuente con instalaciones de vanguardia: con nuevos puertos, aeropuertos, carreteras y autopistas, y sistemas de transporte masivo, así como en telecomunicaciones, centrales eléctricas, complejos petroleros, gasoductos, presas, hospitales, equipamiento urbano y desarrollos turísticos.
Y los ciudadanos en general, ¿qué beneficios tienen con estas reformas? La respuesta puede ser muy amplia, pero nos quedamos en señalar que el sector construcción contará con un marco jurídico nuevo, bajo el cual se incentivará el número de inversiones productivas, que generarán un importante número de empleos y se fortalecerá la capacidad de consumo del mercado interno.
Al incrementarse la inversión, los resultados concretos serán un mayor número de obras de infraestructura, mediante las cuales será más fácil transportarse de un lado a otro, ya sea por tierra, mar o aire, se contará con mayor y mejor infraestructura para la educación, al facilitarse la construcción de instituciones educativas y de investigación, entre otras. Bajo las nuevas reglas que conforman el sector energético se le brindan mayores oportunidades a inversionistas nacionales para participar en estos procedimientos, entre otros.
Sin duda alguna, la aprobación de estas modificaciones a la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionada con las mismas, será de beneficio para el país.
El tiempo avanza, las circunstancias, la sociedad, la tecnología y la competencia global tienen por constante el cambio… ajustar las leyes al horizonte que hoy tiene el país, es la única opción.
por Patricio Martínez García, Senador de la República por el estado de Chihuahua
Valeriano says
Lo que le falta a la ley son los castigos para los que no cumplan ya que la secretaria de comunicación y transporte tiene normas y reglamentos y la ley de obras publicas y servicios relaciónadas con las mismas esta clara el proceso de licitaciones y la secretaria de la función pública más facultades para la aplicación de las leyes