En el marco de los cambios de administración estatal y federal, la CMIC abordó un tema de suma importancia: la Suspensión en los Contratos de Obra Pública, en busca de proteger a las empresas una posible suspensión de obra por parte de algún ente público.
El especialista de la CMIC, Ricardo Samayoa, explicó que se debe tener en claro las obligaciones de las dependencias públicas al momento de suspender la obra, sobre todo cuando el argumento es la falta de presupuesto.
“Es muy frecuente que se presenten estos casos, sobre todo al acercarse los cierres de administración, por lo que se debe estar muy pendiente de este tema, ya que los contratistas no pueden suspender la obra por voluntad propia, sino que es facultad de las dependencias públicas hacerlo”, apuntó.
Para más información visita el siguiente enlace: https://issuu.com/cmicyuc/docs/constructiva_271/28